Cese en periodo de prueba
El Gobierno endurece las reglas de transparencia en los periodos de prueba contractuales
El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo marco normativo que obliga a las empresas a detallar explícitamente y por escrito tanto la duración exacta como las condiciones de evaluación del periodo de prueba en los contratos. Esta reforma, articulada a través del Real Decreto 723/2026 y publicada formalmente en el BOE, entrará en vigor el próximo 5 de octubre de 2026. La norma busca frenar la precariedad y los ceses injustificados que la Inspección de Trabajo venía detectando bajo fórmulas contractuales ambiguas.
Modificaciones clave:
La nueva legislación altera significativamente el procedimiento de contratación habitual mediante tres obligaciones estrictas:
- Especificación de objetivos: El empleador ya no podrá limitarse a indicar una duración máxima de prueba. Deberá plasmar detalladamente las obligaciones y experiencias concretas que constituyen el objeto de la evaluación laboral.
- Justificación de ampliaciones: Aunque los límites del Estatuto de los Trabajadores se mantienen con carácter general (6 meses para técnicos titulados y 2 meses para el resto de empleados), las empresas tendrán que justificar obligatoriamente ante la autoridad laboral cualquier extensión de estos plazos que se ampare en el convenio colectivo.
- Fin del concepto «según convenio»: Las menciones genéricas quedan prohibidas. Toda la información esencial (incluyendo jornada, salarios variables y periodos de prueba) debe entregarse formalmente por escrito o formato digital antes del inicio de la relación laboral.
Nuestra recomendación:
Para operar con seguridad jurídica ante las inminentes campañas inspectoras, las empresas deben eliminar las cláusulas automáticas «según convenio» y auditar de inmediato sus plantillas contractuales. El consejo técnico clave es formalizar anexos documentales o planes de acogida que fijen objetivos y métricas (KPI) claros para el puesto; solo mediante criterios de evaluación estrictamente medibles, transparentes y comunicados previamente por escrito se podrá sostener con plenas garantías legales la no superación de un periodo de prueba.
Cualquier duda que les surgen respecto a este tema no duden en dirigirse a nosotros, telefónicamente a Úrsula Olivares Lamela o a su e-mail uol@btsasociados.com, estaremos encantados en atenderles.