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18-09-2026

Cese en periodo de prueba

El Gobierno endurece las reglas de transparencia en los periodos de prueba contractuales

El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo marco normativo que obliga a las empresas a detallar explícitamente y por escrito tanto la duración exacta como las condiciones de evaluación del periodo de prueba en los contratos. Esta reforma, articulada a través del Real Decreto 723/2026 y publicada formalmente en el BOE, entrará en vigor el próximo 5 de octubre de 2026. La norma busca frenar la precariedad y los ceses injustificados que la Inspección de Trabajo venía detectando bajo fórmulas contractuales ambiguas.

Modificaciones clave:

La nueva legislación altera significativamente el procedimiento de contratación habitual mediante tres obligaciones estrictas:

  • Especificación de objetivos: El empleador ya no podrá limitarse a indicar una duración máxima de prueba. Deberá plasmar detalladamente las obligaciones y experiencias concretas que constituyen el objeto de la evaluación laboral.
  • Justificación de ampliaciones: Aunque los límites del Estatuto de los Trabajadores se mantienen con carácter general (6 meses para técnicos titulados y 2 meses para el resto de empleados), las empresas tendrán que justificar obligatoriamente ante la autoridad laboral cualquier extensión de estos plazos que se ampare en el convenio colectivo.
  • Fin del concepto «según convenio»: Las menciones genéricas quedan prohibidas. Toda la información esencial (incluyendo jornada, salarios variables y periodos de prueba) debe entregarse formalmente por escrito o formato digital antes del inicio de la relación laboral.

Nuestra recomendación:

Para operar con seguridad jurídica ante las inminentes campañas inspectoras, las empresas deben eliminar las cláusulas automáticas «según convenio» y auditar de inmediato sus plantillas contractuales. El consejo técnico clave es formalizar anexos documentales o planes de acogida que fijen objetivos y métricas (KPI) claros para el puesto; solo mediante criterios de evaluación estrictamente medibles, transparentes y comunicados previamente por escrito se podrá sostener con plenas garantías legales la no superación de un periodo de prueba.

Cualquier duda que les surgen respecto a este tema no duden en dirigirse a nosotros, telefónicamente a Úrsula Olivares Lamela o a su e-mail uol@btsasociados.com, estaremos encantados en atenderles.

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