• ES
  • Nosotros
    • La firma
    • Equipo
    • Trabaja con nosotros
  • Servicios
    • Fiscal
    • Jurídico
    • Laboral
    • Consultoría
  • Noticias & Media
    • BtS Noticias
    • Clipping prensa
    • Novedades normativas
    • Boletín del asesor
    • Videos
  • Contacto
  • Av. Diagonal 590,5º1ª 08021 Barcelona
  • +34 932011576
  • info@btsasociados.com
Volver a Noticias
12-02-2025

Reserva de capitalización

En 2024, el 15%. Si su empresa se acoge al incentivo de la “reserva de capitalización” en el Impuesto sobre Sociedades (IS) de2024, recuerde que en dicho ejercicio la reducción aplicable sobre la base imponible ha aumentado hasta el 15% del incremento de fondos propios (hasta 2023, esa reducción era de sólo el 10%).

A partir de 2025, el 20% o más. Pues bien, se han introducido nuevas mejoras: a partir de 2025 , el porcentaje de reducción será como mínimo del 20%, y aumentará en función de en cuánto se incremente su plantilla media de trabajadores cada año respecto al ejercicio anterior, siempre que ese incremento se mantenga al menos tres años.

AUMENTO DE PLANTILLAREDUCCIÓN APLICABLE A PARTIR DE 2025
Sin aumento de plantilla o inferior 2%20%
A partir del 2% e inferior al 5%23%
Entre el 5% y el 10%26,5%
Superior al 10%30%

Nuevo límite sobre la base imponible. Por otro lado, mientras que hasta 2024 la reducción aplicable en cada ejercicio no podía superar el 10% de la base imponible, antes de descontar la propia reducción y la compensación de BIN, a partir de 2025 dicho límite pasa a ser del 20% (del 25% en caso de empresas que durante el año anterior hayan tenido una cifra de negocios inferior al millón de euros).

Aumente el resultado contable. Teniendo en cuenta estas mejoras, le interesa no distribuir dividendos y tomar medidas que permitan que el resultado contable de su empresa sea el más alto posible , de modo que tanto el incremento de fondos propios de cada ejercicio como la reducción por reserva de capitalización sean más elevados.

Hágalo de forma que la base imponible del IS no se vea incrementada. Por ejemplo, si tiene activos en leasing o acogidos a la amortización doble o a la libertad de amortización, contabilice la amortización mínima (dado que el incentivo se aplica con un ajuste extracontable negativo, podrá seguir deduciendo la misma amortización fiscal, aunque la amortización contable sea la mínima). Contabilice también los créditos fiscales derivados de deducciones que no pueda aplicar en el ejercicio (por insuficiencia de cuota); así reducirá el gasto por IS y el resultado contable aumentará.

Procure que el resultado contable de su empresa sea más elevado y se produzca un mayor aumento de sus fondos propios. Hágalo sin aumentar la base imponible.

Cualquier duda que les surgen respecto a este tema no duden en dirigirse a nosotros, telefónicamente a Carles Monfort Codina o a su e-mail cmc@btsasociados.com, estaremos encantados en atenderles.

  • Av. Diagonal 590, 5º 1ª 08021 Barcelona
  • +34 932011576
  • info@btsasociados.com
  • +34 932011576
  • info@btsasociados.com
  • © 2025 BtS Professional Services
    Todos los derechos reservados
  • Política de privacidad
  • Información legal
  • Artboard Created with Sketch.
  • Artboard Created with Sketch.
  • © 2025 BtS Professional Services
    Todos los derechos reservados
  • Política de privacidad
  • Información legal