La Facturación Electrónica Obligatoria en España
La facturación electrónica en España está viviendo una transformación crucial. En poco tiempo, será obligatorio para muchas empresas y autónomos, y es fundamental que los empresarios comprendan su importancia, los plazos de implementación y cómo pueden beneficiarse de este cambio.
¿Qué es la facturación electrónica obligatoria?
La facturación electrónica no es un concepto nuevo, pero con las recientes reformas fiscales en España, se ha vuelto obligatorio para más empresas y autónomos. Esta medida forma parte de un esfuerzo global para modernizar el sistema tributario, reducir el fraude y mejorar la eficiencia en la gestión de los datos fiscales. La nueva normativa, publicada en octubre de 2023, establece un sistema de facturación electrónica más seguro, accesible y estandarizado que garantiza el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Objetivos clave de la facturación electrónica obligatoria
La obligatoriedad de emitir facturas electrónicas responde a tres objetivos fundamentales que las autoridades fiscales buscan alcanzar:
- Reforzar la obligación de emitir factura: Todos los empresarios y profesionales deberán emitir factura por cada operación realizada, independientemente de su tamaño o sector.
- Garantizar la seguridad de los registros: Las facturas deberán ser almacenadas de manera segura en un sistema informático, de forma que no puedan ser manipuladas, y con una estructura estandarizada para facilitar su análisis automático.
- Facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias: Siguiendo el modelo de otros países, como Italia y Portugal, se implementará un sistema en el que los datos de las facturas se remitirán a la administración tributaria en tiempo real o de forma automática, dependiendo del sistema elegido.
¿A quién afecta la facturación electrónica obligatoria?
La nueva regulación afectará a todos los autónomos y empresas en España que realicen operaciones económicas y emitan facturas a otras entidades, con algunas excepciones importantes:
- Empresas y autónomos con facturación anual inferior a 6 millones de euros, excepto en el País Vasco y Navarra.
- Las empresas que ya están sometidas al Suministro Inmediato de Información (SII) no verán cambios, ya que este sistema coexistirá con el nuevo sistema de facturación electrónica.
Por lo tanto, es fundamental que las empresas que no están familiarizadas con estos sistemas se preparen para adaptarse a las nuevas exigencias.
Cualquier duda que les surgen respecto a este tema no duden en dirigirse a nosotros, telefónicamente a Carles Monfort Codina o a su e-mail cmc@btsasociados.com, estaremos encantados en atenderles.