Jubilación anticipada en profesiones de riesgo: claves del nuevo 402/2025 Real Decreto
El Consejo de Ministros ha aprobado el por el Real Decreto, una norma que marca un antes y un después en el acceso a la jubilación anticipada para quienes desempeñan profesiones con condiciones especialmente duras, peligrosas o insalubres.
Con este nuevo marco legal, el Gobierno da cumplimiento al compromiso alcanzado en la Mesa de Diálogo Social junto a sindicatos (CCOO y UGT) y patronales (CEOE y Cepyme), con el objetivo de adaptar el sistema de Seguridad Social a la realidad de muchos trabajadores cuya salud y esperanza de vida se ven mermadas por las características de su actividad laboral.
¿Qué regula el Real Decreto 402/2025?
Este real decreto establece el procedimiento previo para determinar qué colectivos pueden acceder a la jubilación anticipada mediante la aplicación de coeficientes reductores. Estos coeficientes permiten rebajar la edad ordinaria de jubilación si se acredita que la actividad profesional implica un riesgo mayor para la salud o la vida.
Se deroga así el Real Decreto 1698/2011, actualizando los criterios y abriendo la puerta a nuevos sectores hasta ahora excluidos.
¿Qué profesiones pueden beneficiarse?
A partir de ahora, podrán solicitar la aplicación de coeficientes reductores aquellos colectivos cuya actividad laboral se considere:
- Peligrosa, por alta exposición a accidentes o enfermedades laborales.
- Tóxica, por contacto frecuente con agentes nocivos.
- Penosa, por condiciones extremas (frío, calor, esfuerzo físico prolongado, ruido, nocturnidad…).
- Insalubre, por ambientes que afectan negativamente a la salud.
Estos supuestos se evaluarán a través de indicadores objetivos como la tasa de mortalidad, la frecuencia de bajas médicas o la duración media de los procesos de incapacidad.
Requisitos para acceder a la jubilación anticipada
Para que un trabajador pueda acogerse a esta modalidad de jubilación, deben cumplirse, entre otros, los siguientes requisitos:
- Acreditar al menos 15 años cotizados en la actividad considerada de riesgo.
- Demostrar que no es posible su reubicación en un puesto menos exigente físicamente.
- La jubilación anticipada no podrá realizarse antes de los 52 años.
Además, no será posible continuar trabajando en el mismo puesto una vez se acceda a la jubilación anticipada por esta vía. Tampoco podrá compatibilizarse la pensión con trabajos por cuenta propia, aunque los ingresos estén por debajo del SMI.
¿Cómo se solicita?
El procedimiento debe iniciarse de forma conjunta por sindicatos, organizaciones empresariales y asociaciones de autónomos representativas, ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.
Se deberán presentar informes sobre:
- Morbilidad y mortalidad del colectivo.
- Condiciones de trabajo.
- Riesgos para la salud.
Una vez valorados, la Comisión de Evaluación (con participación de los agentes sociales) emitirá un informe sobre si procede o no aplicar los coeficientes reductores. El plazo máximo para resolver el procedimiento es de seis meses.
Revisión cada 10 años
Los coeficientes aplicados serán revisados cada década, para valorar si los avances técnicos o científicos han mejorado las condiciones laborales. Eso sí, los derechos adquiridos no se verán afectados. Mayor cotización para profesiones de riesgo
Como contrapartida a la posibilidad de jubilación anticipada, trabajadores y empresas deberán asumir un aumento de cotización a la Seguridad Social en los sectores afectados.
¿A quién no afecta este decreto?
El Real Decreto 402/2025 no afecta a los colectivos que ya cuentan con regulación específica, como:
- Trabajadores del mar.
- Mineros.
- Personal de vuelo.
- Artistas.
- Bomberos públicos.
- Ertzaintza, Mossos, Policía Foral y Policías Locales.
- Profesionales taurinos.
- Ferroviarios.
Tampoco modifica los derechos de quienes ya se han jubilado anticipadamente bajo el marco anterior.
Conclusión
El Real Decreto 402/2025 supone un avance importante en la protección de los trabajadores expuestos a condiciones laborales especialmente duras. Por primera vez, se crea un procedimiento riguroso, objetivo y participativo que permite anticipar la jubilación en profesiones de riesgo, con garantías para los trabajadores y criterios técnicos sólidos.
Si formas parte de un colectivo que cree cumplir con estos criterios, es momento de actuar: sindicatos, asociaciones y patronales ya pueden iniciar el proceso para solicitar la evaluación de sus condiciones y, con ello, avanzar hacia un modelo de jubilación más justo y adaptado a la realidad del trabajo.
Cualquier duda que les surgen respecto a este tema no duden en dirigirse a nosotros, telefónicamente a Úrsula Olivares Lamela o a su e mail uol@btsasociados.com, estaremos encantados en atenderles.