Factura Electrónica
El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que obliga al uso de facturas electrónicas entre empresas y profesionales, conocido como sistema B2B, con el objetivo de impulsar la digitalización del tejido empresarial, reduciendo la morosidad y permitiendo a las empresas, especialmente a las pymes.
España tiene uno de los periodos medios de pago más elevados de la Unión Europea (UE), en torno a los 80 días, por encima del máximo de 60 días que establece la Ley de Morosidad y de la media comunitaria.
Al registrar electrónicamente, a través de la nueva factura electrónica B2B cuándo se emite, se acepta y se paga cada factura, las empresas tendrán mayor control sobre sus cobros y pagos, y la Administración podrá monitorizar el cumplimiento real de los plazos de pago.
El real decreto define la factura electrónica como un fichero estructurado de lectura automatizada e introduce la obligación de informar del estado de cada factura: aceptación y fecha de pago efectivo. Esta trazabilidad completa del ciclo de facturación es la clave para combatir la morosidad. Las empresas podrán optar por dos vías para intercambiar facturas electrónicas:
1. Plataformas privadas, que deberán estar interconectadas entre sí para que ninguna empresa se vea obligada a pertenecer a la plataforma de su cliente.
2. La solución pública y gratuita que desarrolla la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), accesible para cualquier empresa o profesional que la necesite.
La entrada en vigor será escalonada para facilitar la adaptación de todas las empresas: un año para aquellas con una facturación superior a 8 millones de euros, y dos años para el resto. Los plazos comenzarán a computar desde la publicación de la orden ministerial de Hacienda que regulará los aspectos técnicos de la solución pública. La norma desarrolla el artículo 12 de la Ley Crea y Crece (18/2022) y se alinea con la estrategia europea de digitalización del IVA.
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