{"id":947,"date":"2018-09-14T13:41:15","date_gmt":"2018-09-14T12:41:15","guid":{"rendered":"http:\/\/www.btsasociados.com\/inclusion-de-los-trabajadores-autonomos-en-el-sistema-red-2\/"},"modified":"2018-09-14T13:41:27","modified_gmt":"2018-09-14T12:41:27","slug":"inclusion-de-los-trabajadores-autonomos-en-el-sistema-red-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/inclusion-de-los-trabajadores-autonomos-en-el-sistema-red-2\/","title":{"rendered":"Inclusi\u00f3n de los Trabajadores Aut\u00f3nomos en el sistema RED"},"content":{"rendered":"<p>Los aut\u00f3nomos tendr\u00e1n la obligaci\u00f3n de realizar sus tr\u00e1mites por v\u00eda electr\u00f3nica, incluida la recepci\u00f3n y firma de notificaciones <strong>a partir del 1 de octubre.<\/strong><\/p>\n<p>Estos trabajadores por cuenta propia tendr\u00e1n obligaci\u00f3n de incorporarse al <strong>Sistema de Remisi\u00f3n Electr\u00f3nica de Datos<\/strong> (Sistema RED) a partir de entonces, lo que quiere decir que tendr\u00e1n que realizar por esta v\u00eda los tr\u00e1mites relacionados con la <strong>afiliaci\u00f3n, la cotizaci\u00f3n y la recaudaci\u00f3n<\/strong> de cuotas. La obligatoriedad se extiende a la recepci\u00f3n de las <strong>notificaciones,<\/strong> por lo que para su consulta y firma se deber\u00e1 acceder al servicio correspondiente en la SEDESS.<\/p>\n<p>As\u00ed lo determina la <strong>Orden ministerial ESS\/214\/2018<\/strong> <strong>de 1 de marzo de 2018<\/strong>, que otorga un plazo de seis meses (entre el 1 de abril y el 1 de octubre) para que los trabajadores por cuenta propia se vayan adaptando. Para cumplir con esta obligaci\u00f3n estos trabajadores puede optar por gestionar sus tr\u00e1mites a trav\u00e9s de un autorizado Red o directamente en la <strong>Sede Electr\u00f3nica de la Seguridad Social<\/strong> (SEDESS).<\/p>\n<p>Veamos paso a paso en qu\u00e9 consiste la nueva obligaci\u00f3n y a qui\u00e9n afecta:<\/p>\n<p><strong>\u00bfA qui\u00e9n afecta la Orden ESS\/214\/2018 de 1 de marzo de 2018?<\/strong><\/p>\n<p>En concreto, afecta a los trabajadores <strong>aut\u00f3nomos<\/strong> por cuenta propia o aut\u00f3noma; trabajadores del <strong>Sistema Especial de Trabajadores Agrarios<\/strong> (SETA), y trabajadores del <strong>grupo I<\/strong> del R\u00e9gimen Especial de Trabajadores del<strong> Mar<\/strong>.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 nuevas obligaciones tengo como aut\u00f3nomo?<\/strong><\/p>\n<p>Esta Orden Ministerial establece la obligaci\u00f3n de <strong>gestionar por v\u00eda electr\u00f3nica<\/strong> todos los tr\u00e1mites relacionados con la <strong>afiliaci\u00f3n, la cotizaci\u00f3n y la recaudaci\u00f3n<\/strong> de cuotas. Incluye la recepci\u00f3n, por comparecencia en la SEDESS, de las <strong>notificaciones y comunicaciones<\/strong> de la Tesorer\u00eda General de la Seguridad Social.<\/p>\n<p><strong>\u00bfDesde cu\u00e1ndo?<\/strong><\/p>\n<p>La Orden Ministerial fija un per\u00edodo transitorio de <strong>adaptaci\u00f3n de seis meses<\/strong> desde su entrada en vigor, que se produce el 1 de abril. Por tanto, la obligaci\u00f3n ser\u00e1 efectiva a partir del d\u00eda <strong>1 de octubre de 2018<\/strong> para todos los trabajadores aut\u00f3nomos que en esa fecha se encuentren en alta en los reg\u00edmenes afectados. No se va a efectuar ninguna notificaci\u00f3n previa sobre esta obligaci\u00f3n por correo postal.<\/p>\n<p><strong>\u00bfD\u00f3nde puedo gestionar mis tr\u00e1mites con la Tesorer\u00eda General de la Seguridad Social?<\/strong><\/p>\n<p>La Tesorer\u00eda General de la Seguridad Social (TGSS) dispone de dos canales electr\u00f3nicos a trav\u00e9s de los cuales el trabajador aut\u00f3nomo podr\u00e1 realizar sus gestiones:<\/p>\n<ul>\n<li>El <strong>Sistema RED (<\/strong>Remisi\u00f3n Electr\u00f3nica de Datos). A trav\u00e9s de este sistema, el <strong>autorizado RED<\/strong> (Asesor\u00eda) actuar\u00e1 en representaci\u00f3n del trabajador aut\u00f3nomo. En la Sede Electr\u00f3nica de la Seguridad Social (SEDESS) se encuentran ubicados los servicios que permiten la gesti\u00f3n de la asignaci\u00f3n o desasignaci\u00f3n del N\u00famero de Afiliaci\u00f3n (NAF) del trabajador aut\u00f3nomo a un autorizado RED.<\/li>\n<li>La <strong>Sede Electr\u00f3nica de la Seguridad Social<\/strong> (SEDESS). El trabajador aut\u00f3nomo puede realizar <strong>directamente<\/strong> sus tr\u00e1mites con la TGSS a trav\u00e9s de diversos servicios electr\u00f3nicos disponibles en la SEDESS. Algunos servicios permiten tambi\u00e9n la presentaci\u00f3n de solicitudes por Registro Electr\u00f3nico (RE).<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00bfY si tengo alg\u00fan problema?<\/strong><\/p>\n<p>Se puede encontrar toda la informaci\u00f3n en la sede electr\u00f3nica, en la <em>web de la Seguridad Social<\/em> y en Twitter: <em>@Info_TGSS<\/em>. Adem\u00e1s, puede acudir al tel\u00e9fono de informaci\u00f3n 901 50 20 50, y recibir\u00e1 toda la atenci\u00f3n que necesita, presencialmente, en las oficinas de la Seguridad Social.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 necesito para poder acceder a los servicios en la SEDESS?<\/strong><\/p>\n<p>Para acceder a los servicios de la SEDESS, el aut\u00f3nomo debe disponer de un <strong>sistema de autenticaci\u00f3n<\/strong> que garantice su identidad, como el <strong>certificado electr\u00f3nico admitido por la Seguridad Social<\/strong> y que puede gestionar en las oficinas de la Seguridad Social. Todos los servicios dirigidos a los trabajadores aut\u00f3nomos son accesibles con este medio de autenticaci\u00f3n, incluido el servicio de consulta y firma de notificaciones telem\u00e1ticas. Permite adem\u00e1s la presentaci\u00f3n de solicitudes a trav\u00e9s del registro electr\u00f3nico.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se puede utilizar el <strong>DNI electr\u00f3nico<\/strong> y el <strong>sistema Cl@ve<\/strong>, si bien este \u00faltimo no permite el acceso al servicio de culta y firma de notificaciones telem\u00e1ticas.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 servicios ofrece la sede electr\u00f3nica de la Seguridad Social a los trabajadores aut\u00f3nomos?<\/strong><\/p>\n<p>Los trabajadores aut\u00f3nomos cuentan con un amplio cat\u00e1logo de servicios en la SEDESS para la gesti\u00f3n de los tr\u00e1mites relacionados con la afiliaci\u00f3n y la cotizaci\u00f3n a la Seguridad Social. Entre otras cosas, pueden cursar el alta y la baja en el R\u00e9gimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Aut\u00f3nomos; formular el cambio de base de cotizaci\u00f3n en el R\u00e9gimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Aut\u00f3nomos; modificar la actividad en el R\u00e9gimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Aut\u00f3nomos; solicitar la modificaci\u00f3n, para el a\u00f1o siguiente, de los datos de cobertura de las contingencias para la incapacidad temporal, accidentes de trabajo y enfermedad profesional, cese de actividad y mutua; y cursar la variaci\u00f3n de datos.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, desde la SEDESS el trabajador aut\u00f3nomo puede solicitar determinados <strong>informes y certificados<\/strong>:<\/p>\n<ul>\n<li>Duplicado de la resoluci\u00f3n del alta o de la baja en el R\u00e9gimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Aut\u00f3nomos.<\/li>\n<li>Informe o consulta sobre las bases de cotizaci\u00f3n y las cuotas ingresadas en el R\u00e9gimen.Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social.Informe de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social<\/li>\n<\/ul>\n<p>La SEDESS dispone de<strong> otros servicios<\/strong> que pueden resultar de inter\u00e9s para el colectivo de trabajadores aut\u00f3nomos:<\/p>\n<ul>\n<li>Informe de vida laboral.<\/li>\n<li>Informe de bases de cotizaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Domiciliaci\u00f3n en cuenta. (Domiciliaci\u00f3n del pago de cuotas a la seguridad social)<\/li>\n<li>Cambio de domicilio.<\/li>\n<li>Comunicaci\u00f3n de tel\u00e9fono y correo electr\u00f3nico.<\/li>\n<li>Devoluci\u00f3n de ingresos de reg\u00edmenes y sistemas especiales.<\/li>\n<li>Aplazamiento en el pago de deudas a la Seguridad Social.<\/li>\n<li>Consulta de deudas y obtenci\u00f3n de documentos de ingreso.<\/li>\n<li>Pago con tarjeta de deudas con la Seguridad Social.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Por este motivo, es muy importante que se hayan facilitado correctamente los datos de contacto, el n\u00famero de m\u00f3vil y la direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nica a la Tesorer\u00eda General de la Seguridad Social.<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los aut\u00f3nomos tendr\u00e1n la obligaci\u00f3n de realizar sus tr\u00e1mites por v\u00eda electr\u00f3nica, incluida la recepci\u00f3n y firma de notificaciones a partir del 1 de octubre&#8230;.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[19],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/947"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=947"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/947\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=947"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=947"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}