{"id":939,"date":"2018-09-13T18:00:08","date_gmt":"2018-09-13T17:00:08","guid":{"rendered":"http:\/\/www.btsasociados.com\/inadmision-de-recurso-de-casacion-por-no-trasladar-copia-a-la-recurrida\/"},"modified":"2018-09-13T18:00:08","modified_gmt":"2018-09-13T17:00:08","slug":"inadmision-de-recurso-de-casacion-por-no-trasladar-copia-a-la-recurrida","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/inadmision-de-recurso-de-casacion-por-no-trasladar-copia-a-la-recurrida\/","title":{"rendered":"Inadmisi\u00f3n de recurso de casaci\u00f3n por no trasladar copia a la recurrida"},"content":{"rendered":"<p><strong>El TS declara que la omisi\u00f3n del traslado de copias del escrito de interposici\u00f3n del recurso de casaci\u00f3n a la parte recurrida es un defecto insubsanable que supone la inadmisi\u00f3n del escrito. No cabe la aplicaci\u00f3n de la subsanaci\u00f3n prevista en el art. 231 LEC, que se refiere a los actos defectuosos, pero no a los omitidos.<\/strong><\/p>\n<p>La recurrente present\u00f3 el escrito de interposici\u00f3n el 23-6-2015, pero sin acompa\u00f1ar ni el justificante del traslado de copia a la parte recurrida (no realizado), ni el de autoliquidaci\u00f3n de la tasa y constituci\u00f3n del dep\u00f3sito para recurrir. El pago del dep\u00f3sito se efectu\u00f3 el mismo d\u00eda 23-6-2015, mientras que el de la tasa se realiz\u00f3 el d\u00eda 24-6-2015 antes de las 15:00 horas. Se presentaron los resguardos el d\u00eda 24-6-2015, pero tampoco se realiza en ese momento el traslado de copias.<\/p>\n<p>El 25-6-2015 se devuelve el escrito de interposici\u00f3n por no haberse efectuado el traslado previo de copias. Y el 26-6-2015 se devuelve, por segunda vez, el escrito acompa\u00f1ado de los resguardos del pago de la tasa y dep\u00f3sito, por el mismo motivo. El 26-6-2015 la recurrente vuelve a presentar el mismo escrito de interposici\u00f3n, verificando esta vez el traslado de copias en la misma fecha.<\/p>\n<p>Se\u00f1ala la Sala que la omisi\u00f3n del traslado de copias del escrito de interposici\u00f3n del recurso de casaci\u00f3n a la parte recurrida es un defecto insubsanable que tiene como consecuencia la inadmisi\u00f3n del escrito, sin que resulte de aplicaci\u00f3n la subsanaci\u00f3n prevista art. 231 LEC, al referirse a actos defectuosos, pero no a actos omitidos.<\/p>\n<p>No presentar el preceptivo traslado de copias no impide volver a presentar el escrito cumplimentado con tal requisito, siempre que se realice en plazo. En este caso, no restaba d\u00eda alguno del plazo cuando se rechaza y devuelve el recurso de casaci\u00f3n, por dos veces, por no haberse realizado el traslado de copias.<\/p>\n<p>Conforme a la doctrina constitucional, el plazo de que disponen las partes para la formulaci\u00f3n del recurso es un plazo de caducidad no ampliable a voluntad de aquellas, pero que tampoco puede quedar acortado por la presentaci\u00f3n del escrito sin cumplir todos los requisitos previstos en la norma procesal.<\/p>\n<p>En este supuesto, la falta de subsanaci\u00f3n en plazo de la omisi\u00f3n no vino propiciada por el \u00f3rgano judicial, ya que la presentaci\u00f3n del escrito de interposici\u00f3n del recurso tuvo lugar el \u00faltimo d\u00eda del plazo, por lo que la parte recurrente carec\u00eda ya de plazo para subsanar la omisi\u00f3n, haci\u00e9ndolo en fecha posterior y ya fuera de plazo para recurrir.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El TS declara que la omisi\u00f3n del traslado de copias del escrito de interposici\u00f3n del recurso de casaci\u00f3n a la parte recurrida es un defecto&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[18],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/939"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=939"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/939\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=939"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=939"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}