{"id":833,"date":"2018-06-20T11:13:58","date_gmt":"2018-06-20T10:13:58","guid":{"rendered":"http:\/\/www.btsasociados.com\/aprueba-las-bases-que-deben-regir-la-convocatoria-de-concesion-de-subvenciones-para-la-capitalizacion-de-las-cooperativas-y-de-las-sociedades-laborales-de-la-linea-capitalcoop\/"},"modified":"2018-06-20T11:14:24","modified_gmt":"2018-06-20T10:14:24","slug":"aprueba-las-bases-que-deben-regir-la-convocatoria-de-concesion-de-subvenciones-para-la-capitalizacion-de-las-cooperativas-y-de-las-sociedades-laborales-de-la-linea-capitalcoop","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/aprueba-las-bases-que-deben-regir-la-convocatoria-de-concesion-de-subvenciones-para-la-capitalizacion-de-las-cooperativas-y-de-las-sociedades-laborales-de-la-linea-capitalcoop\/","title":{"rendered":"Aprueba las bases que deben regir la convocatoria de concesi\u00f3n de subvenciones para la capitalizaci\u00f3n de las cooperativas y de las sociedades laborales de la L\u00ednea Capitalcoop"},"content":{"rendered":"<p>El Plan de acci\u00f3n sobre emprendedur\u00eda 2020 en Europa, recogido en la Comunicaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comit\u00e9 Econ\u00f3mico y Social Europeo y al Comit\u00e9 de las Regiones, establece la necesidad de promover en Europa medidas y un entorno mucho m\u00e1s favorable para que las personas emprendedoras y las empresas puedan prosperar y crecer.<\/p>\n<p>El cr\u00e9dito sigue siendo una de las palancas indispensables para la reactivaci\u00f3n econ\u00f3mica, como tambi\u00e9n es prioritario ofrecer m\u00e1s medidas y herramientas adecuadas que propicien y faciliten la capitalizaci\u00f3n de las empresas de econom\u00eda social y cooperativa.<\/p>\n<p>Para facilitar el acceso al cr\u00e9dito, reforzar la capitalizaci\u00f3n de las empresas y dar respuesta a los problemas de falta de liquidez de las cooperativas y las sociedades laborales en Catalu\u00f1a, en fecha 22.7.2015 se firm\u00f3 el convenio de colaboraci\u00f3n con la Fundaci\u00f3n para la Innovaci\u00f3n y Proyecci\u00f3n de Cooperativas (Seira) (que da apoyo financiero a las cooperativas de trabajo asociado), varias entidades de finanzas \u00e9ticas y cooperativas: Cajas Rurales Unidas, Sociedad Cooperativa de Cr\u00e9dito (Cajamar), Caja Laboral Popular, Sociedad Cooperativa de Cr\u00e9dito Limitada (Laboral Kutxa), Banca Popolare Etica, Tronco. Coop., Sucursal en Espa\u00f1a (Fiare BancaEtica), Coop57, SCCL, y dos sociedades de garant\u00eda rec\u00edproca: Avalis de Catalunya, SGR, y Oinarri Sociedad de Garant\u00eda para la Econom\u00eda Social, SGR (Oinarri).<\/p>\n<p>El 1 de septiembre de 2015 se public\u00f3 la <strong>Orden EMO\/269\/2015, de 27 de julio (LCAT 2015, 600<\/strong>) , por la que se establec\u00edan las bases reguladoras de la concesi\u00f3n de subvenciones sobre pr\u00e9stamos destinados a capitalizar las cooperativas y las sociedades laborales, y se convocaba la L\u00ednea Capitalcoop 2015.<\/p>\n<p>A trav\u00e9s de esta Orden se subvencionaron los pr\u00e9stamos concedidos para realizar aportaciones de capital que realizaron las personas, f\u00edsicas o jur\u00eddicas, socias de una cooperativa o sociedad laboral y que realizaron mediante un pr\u00e9stamo bancario.<\/p>\n<p>La presente Orden permite la continuidad del programa Capitalcoop y tiene voluntad de dar un paso m\u00e1s adelante en el \u00e1mbito de la financiaci\u00f3n para seguir ofreciendo instrumentos que faciliten la capitalizaci\u00f3n de las cooperativas y sociedades laborales as\u00ed como su solvencia financiera.<\/p>\n<p>Fruto de la experiencia desarrollada en la Orden anterior, se introducen mejoras de simplificaci\u00f3n y agilidad de forma que se reduce en una sola fase la aportaci\u00f3n de capital y se ampl\u00eda el abanico de posibilidades de capitalizar la cooperativa, y no es obligatorio que sea necesaria la figura del pr\u00e9stamo, de manera que tambi\u00e9n podr\u00e1n ser objeto de subvenci\u00f3n las aportaciones de capital directas que partan de capital no financiero. Asimismo, en caso de que se suscriba un pr\u00e9stamo, se podr\u00e1 solicitar la subvenci\u00f3n adicional de sus intereses, y para una mayor celeridad en el procedimiento los pr\u00e9stamos deber\u00e1n estar formalizados antes de presentar la solicitud.<\/p>\n<p>Visto el <strong>Reglamento (UE) n\u00fam. 1407\/2013 de la Comisi\u00f3n, de 18 de diciembre de 2013 (LCEur 2013, 2266)<\/strong> , relativo a la aplicaci\u00f3n de los art\u00edculos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Uni\u00f3n Europea a las ayudas de minimis (DOUE L 352, de 24.12.2013);<\/p>\n<p>Visto el <strong>Reglamento (UE) n\u00fam. 1408\/2013, de la Comisi\u00f3n, de 18 de diciembre de 2013 (LCEur 2013, 2267)<\/strong> , relativo a la aplicaci\u00f3n de los art\u00edculos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Uni\u00f3n Europea a las ayudas de minimis al sector agrario (DOUE L 352, de 24.12.2013);<\/p>\n<p>Visto el <strong>Reglamento (UE) n\u00fam. 717\/2014 de la Comisi\u00f3n, de 27 de junio de 2014 (LCEur 2014, 1225)<\/strong> , relativo a la aplicaci\u00f3n de los art\u00edculos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Uni\u00f3n Europea a las ayudas de minimis al sector de la pesca y de la acuicultura (DOUE L 190, de 28.6.2014);<\/p>\n<p>Visto el <strong>Reglamento (UE) n\u00fam. 360\/2012 de la Comisi\u00f3n (LCEur 2012, 547)<\/strong> , relativo a la aplicaci\u00f3n de los art\u00edculos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Uni\u00f3n Europea a las ayudas de minimis\u00a0 concedidas a empresas que presten servicios de inter\u00e9s econ\u00f3mico general (DOUE L 114\/8, de 26.4.2012);<\/p>\n<p>Considerando el Texto refundido de la Ley de finanzas p\u00fablicas de Catalu\u00f1a, aprobado por el <strong>Decreto 86\/2015, de 2 de junio (LCAT 2015, 376)<\/strong> , y los preceptos b\u00e1sicos de la <strong>Ley 38\/2003, de 17 de noviembre (RCL 2003, 2684)<\/strong> , general de subvenciones, y del Reglamento que la desarrolla, aprobado por el <strong>Real decreto 887\/2006, de 21 de julio (RCL 2006, 1471y 2038) ;<\/strong><\/p>\n<p>Vistos los informes del \u00c1rea Jur\u00eddica de Trabajo y Relaciones Laborales y de la Intervenci\u00f3n Delegada, y en virtud de las facultades que me son conferidas de acuerdo con el <strong>art\u00edculo 12<\/strong>\u00a0 de la <strong>Ley 13\/1989, de 14 de diciembre (LCAT 1989, 510)<\/strong> , de organizaci\u00f3n, procedimiento y r\u00e9gimen jur\u00eddico de la Administraci\u00f3n de la Generalidad de Catalu\u00f1a,<\/p>\n<p>Ordeno:<br \/>\n<strong>Art\u00edculo \u00fanico.<\/strong><\/p>\n<p>El objeto de estas bases es regular el procedimiento de concesi\u00f3n de subvenciones para la capitalizaci\u00f3n de las cooperativas y de las sociedades laborales de la L\u00ednea Capitalcoop.<br \/>\n<strong>Disposici\u00f3n transitoria.<\/strong><\/p>\n<p>Los expedientes de subvenciones que se hayan otorgado de acuerdo con la disposici\u00f3n que la presente Orden deroga se seguir\u00e1n rigiendo por las bases reguladoras al amparo de las cuales se otorgaron.<br \/>\n<strong>Disposici\u00f3n derogatoria.<\/strong><\/p>\n<p>Se deroga la <strong>Orden EMO\/269\/2015, de 27 de julio (LCAT 2015, 600)<\/strong> , por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la financiaci\u00f3n de los intereses para la capitalizaci\u00f3n de cooperativas y sociedades laborales y se hace p\u00fablica la convocatoria para el a\u00f1o 2015 (DOGC n\u00fam. 6947, de 1.9.2015).<br \/>\n<strong>Disposici\u00f3n final.<\/strong><\/p>\n<p>Esta Orden entrar\u00e1 en vigor al d\u00eda siguiente de su publicaci\u00f3n en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Plan de acci\u00f3n sobre emprendedur\u00eda 2020 en Europa, recogido en la Comunicaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comit\u00e9 Econ\u00f3mico y&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[19],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/833"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=833"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/833\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=833"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=833"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}