{"id":671,"date":"2017-12-05T12:47:53","date_gmt":"2017-12-05T11:47:53","guid":{"rendered":"http:\/\/www.btsasociados.com\/instrucciones-necesarias-para-la-participacion-de-las-personas-trabajadoras-en-las-elecciones-al-parlamento-de-catalunya-del-dia-21122017\/"},"modified":"2018-01-08T11:02:18","modified_gmt":"2018-01-08T10:02:18","slug":"instrucciones-necesarias-para-la-participacion-de-las-personas-trabajadoras-en-las-elecciones-al-parlamento-de-catalunya-del-dia-21122017","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/instrucciones-necesarias-para-la-participacion-de-las-personas-trabajadoras-en-las-elecciones-al-parlamento-de-catalunya-del-dia-21122017\/","title":{"rendered":"Instrucciones necesarias para la participaci\u00f3n de las personas trabajadoras en las elecciones al Parlamento de Catalunya del d\u00eda 21\/12\/2017"},"content":{"rendered":"<p>La Orden 253 de 28 de noviembre de 2017 (DOGC 01\/12\/2017) regula la participaci\u00f3n de las personas trabajadoras que el d\u00eda de las elecciones no gozan del descanso semanal el d\u00eda 21 de diciembre de 2017 en cuanto a:<\/p>\n<p>\u221a Permiso no recuperable y retribuido de cuatro horas si coincide con su jornada laboral.<\/p>\n<p>\u221a Coincidencia parcial con la jornada laboral:<\/p>\n<ul>\n<li>Si la coincidencia es como m\u00e1ximo dos horas: no hay permiso.<\/li>\n<li>Si coincide <strong>m\u00e1s de dos horas<\/strong> y menos de cuatro horas: permiso de dos horas.<\/li>\n<li>Si coincide <strong>m\u00e1s de cuatro horas<\/strong> o m\u00e1s: permiso general de cuatro horas.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Se reducir\u00e1 proporcionalmente la duraci\u00f3n del mencionado permiso a los trabajadores que el d\u00eda de la votaci\u00f3n realicen una jornada inferior a la habitual, legal o convenida.<\/p>\n<p>La determinaci\u00f3n del momento de utilizaci\u00f3n de las horas concedidas para la votaci\u00f3n, que debe coincidir con el horario establecido por el colegio electoral, es potestad del empresario.<\/p>\n<p>Las empresas tienen derecho a solicitar a sus trabajadores la exhibici\u00f3n del justificante acreditativo de haber votado, expedido por la mesa electoral correspondiente.<\/p>\n<p><strong>A. Permiso de los miembros de mesa electoral, interventores y apoderados.<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>Miembros de mesa electoral e interventores:<\/strong> se les debe conceder el permiso correspondiente a la jornada completa del mencionado d\u00eda y, adem\u00e1s, un permiso correspondiente a las cinco primeras horas de la jornada laboral del d\u00eda inmediatamente posterior, de car\u00e1cter no recuperable y retribuido por la empresa una vez justificada la actuaci\u00f3n como miembro de mesa o interventor.<\/li>\n<li><strong>Apoderados:<\/strong> Las empresas deben conceder un permiso retribuido durante la jornada completa del d\u00eda 21 de diciembre y no recuperable.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Si alguna de las personas trabajadoras tuviera que trabajar en el turno de noche en la fecha inmediatamente anterior a la jornada electoral, la empresa, a petici\u00f3n de la persona interesada, le debe cambiar el turno para que pueda descansar la noche anterior a las elecciones.<\/p>\n<p><strong>B. Permiso para formular la solicitud de certificaci\u00f3n para ejercer el voto por correo.\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Se conceder\u00e1 un permiso, retribuido y de car\u00e1cter no recuperable, de como m\u00e1ximo cuatro horas libres, dentro de la jornada laboral que les corresponda, a las personas trabajadoras que realicen funciones lejos de su domicilio habitual o en otras condiciones de las cuales se deriven dificultades para ejercer el derecho de sufragio el d\u00eda 21 de diciembre de 2017, para que puedan formular personalmente la solicitud de certificaci\u00f3n necesaria para poder emitir su voto por correo.<\/p>\n<p>Este permiso se puede solicitar hasta el 11 de diciembre de 2017, de acuerdo con los criterios de coincidencia de la apertura de los colegios electorales y con la jornada de trabajo.<\/p>\n<p>Sin otro particular, quedamos a su disposici\u00f3n para resolver cualquier duda o aclaraci\u00f3n al respecto.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\">\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Orden 253 de 28 de noviembre de 2017 (DOGC 01\/12\/2017) regula la participaci\u00f3n de las personas trabajadoras que el d\u00eda de las elecciones no&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[19],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/671"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=671"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/671\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=671"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=671"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}