{"id":1067,"date":"2018-11-12T12:46:35","date_gmt":"2018-11-12T11:46:35","guid":{"rendered":"http:\/\/www.btsasociados.com\/usucapion-de-dinero-no-es-posible\/"},"modified":"2018-11-12T12:46:35","modified_gmt":"2018-11-12T11:46:35","slug":"usucapion-de-dinero-no-es-posible","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/usucapion-de-dinero-no-es-posible\/","title":{"rendered":"Usucapi\u00f3n de dinero: No es posible"},"content":{"rendered":"<p><strong>El TSJ determina que la usucapi\u00f3n es un modo de adquirir el dominio y otros derechos reales, a partir del comportamiento posesorio de quien aparenta actuar como propietario o titular del derecho real de que se trate durante el tiempo que determina la Ley, consolidando la posici\u00f3n del poseedor que lo transforma en propietario o titular, por tanto, se requiere que lo que se posea sea susceptible de ser pose\u00eddo, es decir, se trate de derechos reales susceptibles de posesi\u00f3n siempre que se encuentren en el comercio.<\/strong><\/p>\n<p>Se argumenta por el recurrente que la usucapi\u00f3n de la Generalitat no se ha consumado. A\u00f1ade que el dinero no se puede usucapir, que la acci\u00f3n de petici\u00f3n de herencia es imprescriptible y procede la restituci\u00f3n del dinero.<\/p>\n<p>Se\u00f1ala el Tribunal que el dinero es un bien fungible y jur\u00eddicamente consumible, por tanto, no puede ser susceptible de posesi\u00f3n de forma ininterrumpida pues como cosa fungible se consuma con un solo uso, no siendo susceptible de usucapi\u00f3n; tiene un aspecto material, ajeno a la posesi\u00f3n como tenencia, y su uso y consumo no implica destrucci\u00f3n material pues se encuentra destinado al gasto, al cambio de titularidad.<\/p>\n<p>El dinero, es decir, una prestaci\u00f3n dineraria sin especificaci\u00f3n de piezas o monedas, no puede recaer un derecho real pues no puede ser pose\u00eddo jur\u00eddicamente, aunque f\u00edsicamente lo sea y menos a\u00fan de forma ininterrumpida. La particularidad de la naturaleza del dinero como bien ultrafungible, o con fungibilidad absoluta es su liquidez jur\u00eddica con capacidad de sustituci\u00f3n absoluta y cuando debe devolverse quien resulta obligado no lo es con el mismo dinero recibido sino otro tanto de la misma especie, calidad y cantidad, como declara la jurisprudencia, pues si bien el numerario se ha transferido e ingresado en su patrimonio se confunde con las dem\u00e1s sumas dinerarias que tuviera la Generalitat de Catalunya, en el caso examinado.<\/p>\n<p>La sentencia recurrida al haber estimado la usucapi\u00f3n del dinero por el transcurso de tres a\u00f1os declarando que ha pose\u00eddo el numerario heredado ha infringido los arts. 531- 23.1 y 531-27.1 CCCat, al establecer que ha existido una situaci\u00f3n concreta posesoria de la suma heredada por el mero transcurso de tres a\u00f1os, cuando ni ha existido posesi\u00f3n por la naturaleza fungible del dinero que se consume con su uso ni puede recaer un derecho real susceptible de posesi\u00f3n, rechazando la excepci\u00f3n de usucapi\u00f3n opuesta por la Generalitat de Catalunya.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El TSJ determina que la usucapi\u00f3n es un modo de adquirir el dominio y otros derechos reales, a partir del comportamiento posesorio de quien aparenta&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[18],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1067"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1067"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1067\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1067"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.btsasociados.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1067"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}