{"id":2295,"date":"2019-11-22T13:37:12","date_gmt":"2019-11-22T12:37:12","guid":{"rendered":"http:\/\/www.btsasociados.com\/planifica-la-declaracion-de-irpf-de-2019-antes-de-que-acabe-el-ano\/"},"modified":"2019-12-12T19:21:19","modified_gmt":"2019-12-12T18:21:19","slug":"planifica-la-declaracion-de-irpf-de-2019-antes-de-que-acabe-el-ano","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.btsasociados.com\/ca\/planifica-la-declaracion-de-irpf-de-2019-antes-de-que-acabe-el-ano\/","title":{"rendered":"Planifica la declaraci\u00f3 d&#8217;IRPF de 2019 abans que acabi l&#8217;any"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>Consells per reduir la seva factura fiscal en l&#8217;IRPF de 2019.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Inclo\u00efm a continuaci\u00f3 una s\u00e8rie d&#8217;advert\u00e8ncies sobre determinats aspectes de l&#8217;Impost sobre la Renda de les Persones F\u00edsiques que podem tenir en compte abans que acabi l&#8217;any per estalviar en la declaraci\u00f3 que presentarem el proper any.<\/p>\n\n\n\n<p>Tot aix\u00f2, sense perjudici de les particularitats pr\u00f2pies aprovades per les comunitats aut\u00f2nomes i de la normativa foral i que s&#8217;han de tenir en compte pels residents fiscals en aquests territoris.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Diferiment de rendes a l&#8217;exercici 2020<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Encara que, no es produir\u00e0 una rebaixa en els tipus de gravamen, pot ser interessant per a vost\u00e8 diferir rendes a l&#8217;exercici 2020. Aix\u00f2 no \u00e9s possible, en molts casos, per\u00f2 s\u00ed que pot permetre l&#8217;obtenci\u00f3 de determinat tipus de rendiments.<\/p>\n\n\n\n<p>Aix\u00ed, <strong>si dep\u00e8n de la seva elecci\u00f3 que li reconeguin un rendiment de capital mobiliari en els \u00faltims dies de 2019 o en els primers del 2020<\/strong>, pot triar la segona opci\u00f3 per diferir la generaci\u00f3 de rendes a l&#8217;exercici seg\u00fcent.<\/p>\n\n\n\n<p>El mateix passa, amb els rendiments de capital immobiliari en qu\u00e8 es pot anticipar unes despeses en qu\u00e8 necess\u00e0riament es vagi a inc\u00f3rrer, i que pot resultar interessant sempre que els ingressos superin a les despeses.<\/p>\n\n\n\n<p>Pel que fa als rendiments d&#8217;activitats econ\u00f2miques determinats en el r\u00e8gim d&#8217;estimaci\u00f3 directa, pot interessar ajornar les \u00faltimes vendes als primers dies de l&#8217;any 2020 o anticipar despeses en els \u00faltims dies de l&#8217;2019.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Substituci\u00f3 de rendes diner\u00e0ries per determinades rendes en esp\u00e8cie<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Aun cuando ya a estas\nalturas no pueda hacerlo, de cara al 2020 si trabaja por cuenta ajena <strong>le\npuede interesar pactar con su empresa la sustituci\u00f3n de rentas dinerarias por\ndeterminadas rentas en especie<\/strong> que no tributan, como tarjetas de\ntransporte, tickets-restaurante, programas de formaci\u00f3n, tickets-guarder\u00eda,\nseguros m\u00e9dicos para el trabajador, su c\u00f3nyuge y descendientes o la entrega de\nacciones o participaciones de la propia empresa o de empresas del grupo hasta\n12.000 euros.<\/p>\n\n\n\n<p>Una de las\nretribuciones en especie exentas que suele utilizarse es la prestaci\u00f3n del\nservicio de comedor a trav\u00e9s de f\u00f3rmulas indirectas, tales como tickets\nrestaurante, vales comida o documentos similares, tarjetas o cualquier medio\nelectr\u00f3nico de pago que se entregan al trabajador hasta los nueve euros\ndiarios. La cantidad exenta es de once euros diarios.<\/p>\n\n\n\n<p>Otra de las\nretribuciones en especie exentas, los bonos de transporte, tienen el l\u00edmite de\n136.36 euros mensuales por empleado y su \u00e1mbito de validez espacial debe tener\nen consideraci\u00f3n las ubicaciones correspondientes a la residencia y al centro\nde trabajo del empleado.<\/p>\n\n\n\n<p>Para el trabajador\nest\u00e1 exenta la entrega por su empresa de tickets guarder\u00eda cuando se cumplan\nlos requisitos establecidos, sin limitaci\u00f3n en su importe.<\/p>\n\n\n\n<p>El importe de la\nretribuci\u00f3n del trabajo en especie exenta derivada de las primas satisfechas\npor el empleador a seguros de enfermedad del trabajador, del c\u00f3nyuge o sus\ndescendientes es de 500 euros anuales por persona y cuando \u00e9sta sea una persona\ncon discapacidad, de 1.500 euros, anuales.<\/p>\n\n\n\n<p>Si tiene la posibilidad de que su empresa le ceda un veh\u00edculo como retribuci\u00f3n en especie, le va a interesar, tambi\u00e9n desde el punto de vista fiscal, que sea eficiente energ\u00e9ticamente, puesto que podr\u00e1 reducir en su valoraci\u00f3n como renta en especie hasta un 30% de su valoraci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Determinaci\u00f3n del rendimiento de actividades econ\u00f3micas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Si usted determina el\nrendimiento neto de su actividad econ\u00f3mica por el r\u00e9gimen de <strong>estimaci\u00f3n\ndirecta simplificada<\/strong> y desea renunciar a \u00e9l o revocuar su renuncia para\n2020, no olvide que podr\u00e1 hacerlo durante el mes de diciembre. Dicha renuncia o\nexclusi\u00f3n de la estimaci\u00f3n directa simplificada dar\u00eda lugar a que todas las\nactividades econ\u00f3micas del contribuyente se determinen por la modalidad de\nestimaci\u00f3n directa normal durante 3 a\u00f1os, prorrog\u00e1ndose t\u00e1citamente la renuncia\nsalvo revocaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Tenga presente que la\nmodalidad simplificada en estimaci\u00f3n directa se aplica en todas las actividades\necon\u00f3micas ejercidas por los contribuyentes, cuando el importe neto de la cifra\nde negocio del conjunto de todas sus actividades en el ejercicio anterior no\nsupere los 600.000 \u20ac anuales, salvo renuncia, y cuando no se determine el\nrendimiento de alguna otra actividad econ\u00f3mica del contribuyente en la\nmodalidad normal de estimaci\u00f3n directa o en estimaci\u00f3n objetiva.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, si la\ndeterminaci\u00f3n del rendimiento neto la efect\u00faa aplicando el r\u00e9gimen de <strong>estimaci\u00f3n\nobjetiva<\/strong> y desea renunciar a \u00e9l o revocar su renuncia para 2020, no olvide\nque podr\u00e1 hacerlo durante el mes de diciembre. Dicha renuncia supondr\u00eda la\ninclusi\u00f3n autom\u00e1tica en la modalidad simplificada del r\u00e9gimen de estimaci\u00f3n\ndirecta, salvo que se supere el l\u00edmite de los 600.000 \u20ac de ingresos o que\ntambi\u00e9n renuncien a la modalidad simplificada, en cuyo caso calcular\u00e1n el\nrendimiento en la modalidad normal de la estimaci\u00f3n directa, por lo que ahora\nes el momento de comparar sus resultados en estimaci\u00f3n directa y en estimaci\u00f3n\nobjetiva.<\/p>\n\n\n\n<p>Recuerde que el\nm\u00e9todo de estimaci\u00f3n objetiva de rendimientos para determinadas actividades\necon\u00f3micas se aplica a los contribuyentes que no superen determinadas\nmagnitudes excluyentes siempre que no determinen el rendimiento neto de alguna\nactividad econ\u00f3mica por el m\u00e9todo de estimaci\u00f3n directa.<\/p>\n\n\n\n<p>Las magnitudes que excluyen su aplicaci\u00f3n son un volumen de rendimientos \u00edntegros en el a\u00f1o inmediato anterior que supere para el conjunto de sus actividades econ\u00f3micas, excepto las agr\u00edcolas, ganaderas y forestales, los 150.000 euros anuales o los 250.000 euros anuales para el conjunto de sus actividades agr\u00edcolas, ganaderas y forestales y un volumen de compras en bienes y servicios, excluidas las adquisiciones de inmovilizado en el ejercicio anterior que superen los 150.000 euros anuales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Personas pr\u00f3ximas a cumplir 65 a\u00f1os<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Si va a cumplir 65 a\u00f1os pronto y tiene en mente transmitir su vivienda habitual, y sabe que se le va producir una ganancia patrimonial, o constituir una hipoteca inversa sobre ella, quiz\u00e1s le convenga esperar a cumplir dicha edad y que as\u00ed quede <strong>exenta la ganancia<\/strong> que se le produzca. Si la vivienda fuera sea un bien ganancial y alguno de los c\u00f3nyuges no haya llegado a esa edad, le puede compensar aplazar la operaci\u00f3n hasta que ambos tengan cumplidos los 65 ya que, de otro modo, debe tributar el c\u00f3nyuge menor de 65 por la mitad de la ganancia patrimonial. Por la misma raz\u00f3n, si tiene una edad pr\u00f3xima a los 65 a\u00f1os, y tiene bienes o derechos que quiere vender para complementar su jubilaci\u00f3n y con los que espera obtener una ganancia patrimonial, le puede convenir esperar a tener dicha edad y, con el importe obtenido por la venta, constituir una renta vitalicia de como m\u00e1ximo 240.000 euros en un plazo de seis meses desde la venta, y as\u00ed no tributar por la ganancia patrimonial correspondiente. Si la ganancia se le ha generado en 2019 y va a constituir una renta vitalicia en el plazo de seis meses desde la venta, pero en el ejercicio 2020, debe comunicar su intenci\u00f3n en la declaraci\u00f3n de IRPF del ejercicio 2019.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Reinversi\u00f3n de ganancias patrimoniales<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Aparte de la exenci\u00f3n\npor reinversi\u00f3n para mayores de 65 a\u00f1os que acabamos de comentar, existe la\nposibilidad de que determinadas ganancias patrimoniales no tributen.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed, estar\u00edan\nexcluidas de gravamen las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto\ncon ocasi\u00f3n de la <strong>transmisi\u00f3n de acciones o participaciones de empresas de\nnueva creaci\u00f3n<\/strong> por las que se hubiera practicado la deducci\u00f3n por inversi\u00f3n\no suscripci\u00f3n de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente\ncreaci\u00f3n (que luego comentaremos), siempre que el importe total obtenido por la\ntransmisi\u00f3n de las mismas se reinvierta en la adquisici\u00f3n de acciones o\nparticipaciones de las citadas entidades. Si el importe reinvertido es inferior\nal total percibido, se excluye de tributaci\u00f3n la parte proporcional que se\ncorresponda con lo reinvertido.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n estar\u00edan excluidas las ganancias patrimoniales obtenidas por la <strong>transmisi\u00f3n de la vivienda habitual<\/strong> del contribuyente, siempre que el importe obtenido por la transmisi\u00f3n se reinvierta en la adquisici\u00f3n de una nueva vivienda habitual en el plazo de dos a\u00f1os desde la transmisi\u00f3n (tanto los precedentes como los posteriores). De este modo se pude llegar a neutralizar el pago del impuesto por la plusval\u00eda de la venta. Si ha transmitido su vivienda habitual en 2019 y tiene pensado reinvertir el importe obtenido en la adquisici\u00f3n de una nueva y no lo hace en el ejercicio 2019, debe comunicar su intenci\u00f3n en la declaraci\u00f3n de IRPF correspondiente a dicho ejercicio.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Plan de Ahorro a Largo Plazo y PIAS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Si tiene pensado\ncontratar alg\u00fan dep\u00f3sito, <strong>puede interesarle contratar antes de fin de a\u00f1o<\/strong>\nun Plan de Ahorro a Largo Plazo (bien sea un Seguro Individual de Ahorro a\nLargo Plazo \u2013SIALP- o una Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo \u2013CIALP-) si\npiensa mantener las cantidades que imponga en el mismo en 2019 durante, al\nmenos, 5 a\u00f1os. En ese caso, no tributar\u00e1 por la rentabilidad que produzca\nsiempre que lo impuesto al a\u00f1o no exceda de 5.000 euros, que no retire cantidad\nalguna antes de finales de 2024 y que el rescate sea en forma de capital.<\/p>\n\n\n\n<p>Si es titular de un Plan Individual de Ahorro Sistem\u00e1tico (PIAS) y han pasado cinco a\u00f1os desde la primera aportaci\u00f3n, puede rescatarlo para constituir una renta vitalicia con exenci\u00f3n de la rentabilidad generada. Recuerde que el l\u00edmite m\u00e1ximo anual satisfecho en concepto de primas es de 8.000 euros.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Reducci\u00f3n de capital con devoluci\u00f3n de aportaciones<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de que durante 2019 se haya reducido capital con devoluci\u00f3n de aportaciones, o se haya repartido prima de emisi\u00f3n en una sociedad que no cotiza, una posible opci\u00f3n que habr\u00eda que valorar ser\u00eda el <strong>reparto de dividendos<\/strong> antes de fin de a\u00f1o, debido a que el posterior reparto de dividendos hasta dichos importes no tributa, sino que disminuye el valor de las acciones hasta el l\u00edmite del rendimiento de capital mobiliario computado cuando se efectu\u00f3 la reducci\u00f3n de capital con devoluci\u00f3n de aportaciones.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Ayudas p\u00fablicas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Debe recordar, que si a lo largo de 2019 ha recibido alg\u00fan tipo de ayuda p\u00fablica, \u00e9sta tributa en su IRPF del ejercicio en el que se percibe como ganancia patrimonial. Ahora bien, si la ayuda percibida lo es como <strong>compensaci\u00f3n por los defectos estructurales de construcci\u00f3n de la vivienda habitual<\/strong> y est\u00e1 destinada a la reparaci\u00f3n de la misma, podr\u00e1 imputarse por cuartas partes, en el per\u00edodo impositivo en el que se obtengan y en los tres siguientes. Por ello, el ejercicio de esta opci\u00f3n, le puede permitir diferir la tributaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Aportaci\u00f3n a sistemas de previsi\u00f3n social<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Uno de los modos m\u00e1s\nfrecuentes de ahorrar impuestos es la aportaci\u00f3n a sistemas de previsi\u00f3n social\ncomo <strong>planes y fondos de pensiones o mutualidades<\/strong> que permiten la\nreducci\u00f3n de la base imponible, con unos l\u00edmites.<\/p>\n\n\n\n<p>La aportaci\u00f3n m\u00e1xima\nque permite aplicar la reducci\u00f3n es de 8.000 euros anuales, independientemente\nde la edad que se tenga a la hora de hacer la aportaci\u00f3n, con el l\u00edmite del 30%\nde la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades econ\u00f3micas.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora bien, las\npersonas cuyo c\u00f3nyuge no obtenga rendimientos netos del trabajo y\/o actividades\necon\u00f3micas, o sean inferiores a 8.000 euros anuales, pueden aportar al plan del\nc\u00f3nyuge hasta un m\u00e1ximo de 2.500 euros anuales con derecho a reducci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, en\nlos planes de pensiones de discapacitados, los l\u00edmites son los siguientes:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>Para las\naportaciones de la persona con discapacidad, el m\u00e1ximo es de 24.250 euros.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>Para las\naportaciones hechas por parientes en l\u00ednea recta o colateral hasta el tercer\ngrado, el importe no puede superar los 10.000 euros.<\/p>\n\n\n\n<p>La suma de las\naportaciones realizadas por el discapacitado y sus parientes no puede exceder\nde 24.250 euros.<\/p>\n\n\n\n<p>En relaci\u00f3n con el\nrescate de las prestaciones, tras la reforma de la Ley del IRPF, se mantiene la\nposibilidad de aplicar la reducci\u00f3n del 40% para el <strong>rescate en forma de\ncapital<\/strong> de las aportaciones realizadas antes del 2007, si bien s\u00f3lo si se\nsaca el dinero en el ejercicio en que se produzca la contingencia asegurada o\nen los dos a\u00f1os siguientes, por lo que si la contingencia que da lugar al cobro\nde la prestaci\u00f3n se ha producido o se producir\u00e1 en 2019, debe cobrar la\nprestaci\u00f3n en forma de capital como muy tarde hasta el 31 de diciembre de 2021.\nA la hora de decidir cu\u00e1ndo proceder al rescate debe tener en cuenta el resto\nde rentas que vayan a la base general, que tambi\u00e9n se suman a las del rescate\npara determinar el tipo medio de gravamen, por lo que es con conveniente\nefectuarlo cuando las rentas en su totalidad sean m\u00e1s bajas.<\/p>\n\n\n\n<p>Aquellos que se jubilaron en 2017 o para los que se hubiera producido en dicho a\u00f1o alguna de las contingencias aseguradas, deben acordarse de rescatar sus ahorros en forma de capital durante el 2019 para aplicar la reducci\u00f3n. Deber\u00e1 tener tambi\u00e9n en cuenta que se prev\u00e9 un r\u00e9gimen transitorio para las <strong>aportaciones realizadas antes de 2007<\/strong>, en los supuestos en que la contingencia se haya producido con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma del Impuesto, el 1 de enero de 2015. As\u00ed, si la contingencia que permite el rescate acaeci\u00f3 en 2011 y quiere beneficiarse de reducci\u00f3n del 40% de la prestaci\u00f3n recibida en forma de capital, debe proceder al rescate antes del 31 de diciembre de 2019. Si tuvo lugar de 2012 a 2014, el cobro de la prestaci\u00f3n debe realizarlo antes de que termine el octavo ejercicio siguiente al que tuvo lugar la contingencia.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Aproveche la compensaci\u00f3n de rentas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En caso de haber\ntenido en 2019 ganancias patrimoniales por transmisi\u00f3n de elementos\npatrimoniales, puede rebajar el coste del IRPF transmitiendo <strong>otros elementos\npatrimoniales en los que tenga p\u00e9rdidas latentes<\/strong>, al restarse las p\u00e9rdidas\nde las ganancias. En caso contrario, habiendo obtenido p\u00e9rdidas patrimoniales,\npuede aprovechar para reducir la tributaci\u00f3n de ganancias que pueda generar antes\nde fin de a\u00f1o, transmitiendo bienes en los que tenga plusval\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p>En el supuesto de\nhaber tenido en alg\u00fan ejercicio anterior alg\u00fan saldo negativo originado por la\ntransmisi\u00f3n de elementos patrimoniales y no han pasado m\u00e1s de cuatro a\u00f1os desde\nque se gener\u00f3, convendr\u00e1 generar plusval\u00edas antes de fin de a\u00f1o, a fin de\nminimizar la tributaci\u00f3n mediante la compensaci\u00f3n de los saldos negativos.<\/p>\n\n\n\n<p>Los rendimientos positivos que integran la parte del ahorro, como los procedentes de intereses o dividendos, en 2019 pueden reducirse con el saldo negativo de la integraci\u00f3n de ganancias y p\u00e9rdidas patrimoniales originadas por transmisiones, hasta un m\u00e1ximo del 25% de aqu\u00e9llos. El saldo negativo restante podr\u00e1 compensar, dentro del plazo de cuatro a\u00f1os, el positivo procedente de dichos rendimientos que van a la parte del ahorro.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Posibilidad de aplicar deducciones relacionadas con la vivienda<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>De la deducci\u00f3n por <strong>inversi\u00f3n\nen vivienda habitual<\/strong>, medida estrella para reducir la cuota a pagar en el\nIRPF, se siguen beneficiando todav\u00eda muchos contribuyentes. Por eso, si usted\nla adquiri\u00f3 antes del 1 de enero de 2013 o realiz\u00f3 alg\u00fan pago a cuenta para su\nconstrucci\u00f3n, puede reducirse hasta el 15% de las cantidades invertidas, con un\nl\u00edmite m\u00e1ximo de 9.040 euros, y siempre que haya aplicado dicha deducci\u00f3n por\nla vivienda en 2012 o a\u00f1os anteriores. En ese caso, si todav\u00eda no ha superado\nese l\u00edmite, no olvide plantearse el ahorro que le puede suponer realizar una\namortizaci\u00f3n extraordinaria, siempre que su econom\u00eda familiar se lo permita,\nmaximizando la deducci\u00f3n aplicada. Por otro lado, y sin tener en cuenta el\nresto de factores, m\u00e1s all\u00e1 de los fiscales, no le conviene amortizar\ntotalmente el pr\u00e9stamo que le sirvi\u00f3 para financiar su adquisici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Si vive usted en una <strong>vivienda arrendada<\/strong> puede que pueda seguir practicando la desaparecida deducci\u00f3n por alquiler de vivienda habitual si tuviera alquilada dicha vivienda antes del 1 de enero de 2015 y se hubiera deducido por ella con anterioridad, cuando su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales. La deducci\u00f3n consiste en el 10,05% de las cantidades satisfechas en el per\u00edodo impositivo, siendo la base m\u00e1xima tambi\u00e9n de 9.040 euros, cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 \u20ac anuales y de 9.040 \u20ac menos el resultado de multiplicar por 1,4125 la diferencia entre la base imponible y 17.707,20 \u20ac anuales, cuando la base imponible est\u00e9 comprendida entre 17.707,20 y 24.107,20 \u20ac anuales. Por ello, haciendo abstracci\u00f3n del resto de circunstancias, le conviene en ese caso no cambiar de casa, prorrogando el contrato, o incluso firmando uno nuevo con modificaciones, para seguir disfrutando de la deducci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Posibilidad de aplicar deducciones relacionadas con inversi\u00f3n en empresas de nueva o reciente creaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n dan derecho a\ndeducci\u00f3n en la cuota de un <strong>30% la inversi\u00f3n o suscripci\u00f3n de acciones<\/strong> o\nparticipaciones en empresas de nueva o reciente creaci\u00f3n, siempre que se\ncumplan una serie de requisitos, tanto en cuanto a la inversi\u00f3n realizada, como\nen cuanto a las entidades en cuyas acciones o participaciones se materializa la\ninversi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La base de la deducci\u00f3n\nest\u00e1 formada por el valor de adquisici\u00f3n de las acciones o participaciones\nsuscritas, siendo la base m\u00e1xima de 60.000 \u20ac anuales.<\/p>\n\n\n\n<p>La participaci\u00f3n debe permanecer al menos tres a\u00f1os y como m\u00e1ximo doce a\u00f1os en el capital de la nueva sociedad y no debe superar el 40% de su capital, que adem\u00e1s no debe tener m\u00e1s de 400.000 euros en fondos propios.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Cuotas de afiliaci\u00f3n y aportaciones a Partidos Pol\u00edticos y cuotas satisfechas a sindicatos y a colegios profesionales <\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Tenga presente que dan derecho a una deducci\u00f3n del 20% las cuotas de afiliaci\u00f3n y las aportaciones de sus afiliados, adheridos y simpatizantes a <strong>Partidos Pol\u00edticos, Federaciones, Coaliciones o Agrupaciones de Electores<\/strong>, siendo la base m\u00e1xima de la deducci\u00f3n de 600 euros anuales. Asimismo, tienen la consideraci\u00f3n de gastos deducible para la determinaci\u00f3n de los rendimientos de trabajo las <strong>cuotas satisfechas a sindicatos y a colegios profesionales<\/strong>, cuando la colegiaci\u00f3n tenga car\u00e1cter obligatorio para prestar los servicios laborales que el colegiado presta a su empleador, en la parte que corresponda a los fines esenciales de estas instituciones, y con el l\u00edmite de 500 euros anuales. <\/p>\n\n\n\n<p><strong>Mejora en la deducibilidad de los donativos<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Si necesita adelgazar la cuota a pagar su IRPF siendo solidario, todav\u00eda tiene tiempo. Recuerde que los primeros 150 euros de los donativos efectuados a las entidades beneficiarias del mecenazgo, dar\u00e1n derecho a una deducci\u00f3n del 75%, el importe que supere esa cuant\u00eda tendr\u00e1 derecho a una desgravaci\u00f3n adicional del 30%, y, con el objetivo de premiar la habitualidad, quien haya donado durante los dos a\u00f1os anteriores a la misma entidad un importe igual o superior, al del a\u00f1o anterior, por encima de este 150 euros anuales, se beneficia de una deducci\u00f3n del 35%. Como puede observar, es interesante hacer aportaciones crecientes a las mismas entidades, al incrementarse el porcentaje de deducci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Obligaci\u00f3n de declarar<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Est\u00e1n exentos de la<strong> obligaci\u00f3n de declarar<\/strong>, los contribuyentes que obtengan ganancias patrimoniales derivadas de ayudas p\u00fablicas de reducida cuant\u00eda (menos de 1.000 euros anuales junto con rendimientos derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisici\u00f3n de viviendas protegidas o de precio tasado), rendimientos \u00edntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retenci\u00f3n o ingreso a cuenta que no superen los 1.600 euros anuales, rendimientos de trabajo superiores a 22.000 euros y 14.000 eruos cuando los rendimientos del trabajo procedan de m\u00e1s de un pagador, para el caso de que el pagador no est\u00e9 obligado a retener y para cuando se perciban rendimientos sujetos a tipo fijo de retenci\u00f3n, o pensiones compensatorias o anualidades por alimentos no exentas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Recordatorios<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>Si tiene un\npiso y quiere alquilarlo, tenga presente que le va a convenir m\u00e1s <strong>alquilarlo\ncomo vivienda permanente<\/strong> que como oficina o alquiler vacacional, a fin de\npoder aplicarse una reducci\u00f3n del 60% del rendimiento neto.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>Si va a\ntransmitir <strong>bienes o derechos adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994<\/strong>,\ntenga en cuenta que solo podr\u00e1 aplicar los antiguos coeficientes de abatimiento\nque reducen la ganancia patrimonial obtenida hasta las que provengan de\ntransmisiones cuyo valor no supere, de manera acumulada, m\u00e1s de 400.000 euros.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>Si se ha <strong>desplazado\nal extranjero por motivos laborales<\/strong> sin perder su residencia fiscal tenga\npresente que puede que los rendimientos que haya percibido por trabajos\nefectivamente realizados en el extranjero, gocen de exenci\u00f3n con el l\u00edmite\nm\u00e1ximo de 60.100 euros anuales, cuando cumplan determinados requisitos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>Si es <strong>empresario\no profesional y se desplaza por motivos de trabajo fuera del domicilio de su\nactividad<\/strong>, puede deducirse los gastos de manutencion en los que incurre el\ncontribuyente en el desarrollo de su actividad, siempre que, adem\u00e1s de tener relacion\ndirecta con ella, se produzcan en establecimientos de restauracion y hosteler\u00eda\ny se abonen utilizando cualquier medio electr\u00f3nico de pago, con el l\u00edmite\ndiario de las mismas cuant\u00edas establecidas para las dietas exceptuadas de\ngravamen para trabajadores por cuenta ajena. Es decir, con car\u00e1cter general,\n26,67 euros diarios si el gasto se produce en Espa\u00f1a o 48,08 euros si es en el\nextranjero. Si, adem\u00e1s, como consecuencia del desplazamiento se pernocta, estas\ncantidades se duplican.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>Si usted contribuyente\ndetermina el rendimiento neto de su actividad econ\u00f3mica por el r\u00e9gimen de <strong>estimaci\u00f3n\nobjetiva<\/strong> y desea renunciar a \u00e9l o revocar su renuncia para 2020, podr\u00e1\nhacerlo desde que se publique en el BOE la Orden que aprueba los m\u00f3dulos para\n2020 hasta el 31 de diciembre de 2019, a trav\u00e9s de la declaraci\u00f3n censal, por\nlo que ahora es el momento de comparar sus resultados en estimaci\u00f3n directa y\nen estimaci\u00f3n objetiva.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>El importe\nobtenido por la<strong> transmisi\u00f3n de los derechos de suscripci\u00f3n <\/strong>procedentes\nde valores admitidos a cotizaci\u00f3n tributa como ganancia patrimonial para el\ntransmitente, sujetas a retenci\u00f3n del 19%, en lugar de minorar el valor de\nadquisici\u00f3n de los valores como suced\u00eda hasta ahora cuando no se tributaba.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>Si percibe rentas en un pa\u00eds <strong>extranjero<\/strong>, tenga en cuenta que en el IRPF ha de tributar por su renta mundial, debiendo por tanto incluir dichos rendimientos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>Si obtiene\nrendimientos por actividades econ\u00f3micas y determina su rendimiento en\nestimaci\u00f3n directa, normal o simplificada, son gastos deducible las primas de <strong>seguro\nde enfermedad<\/strong> satisfechas por el contribuyente para su cobertura y la de su\nc\u00f3nyuge o hijos menores de 25 a\u00f1os que convivan con \u00e9l, con el l\u00edmite de 500 \u20ac\nanuales por cada una de las personas y de 1500 \u20ac en el caso de que el\ncontribuyente, su c\u00f3nyuge o hijos menores sean discapacitados.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>Si obtiene\nrendimientos por <strong>actividades econ\u00f3micas que lleva a cabo en su propio\ndomicilio<\/strong>, y determina su rendimiento en estimaci\u00f3n directa, recuerde que\npodr\u00e1 considerar gasto deducible aquellos derivados de la titularidad de la\nvivienda como amortizaciones, el IBI, los intereses, la tasa de basuras el\nseguro o la comunidad de propietarios en funci\u00f3n de los metros cuadrados\ndestinados a la actividad en proporci\u00f3n a los de la vivienda y los gastos de\nsuministros de dicha vivienda, en el porcentaje resultante de aplicar el 30% a\nla proporci\u00f3n existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a\nla actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje\nsuperior o inferior.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>Si es\naficionado al<strong> juego on-line<\/strong>, como el c\u00f3mputo de las p\u00e9rdidas y ganancias\npatrimoniales obtenidas se establecen a nivel global, le conviene probar sus\np\u00e9rdidas, para tributar \u00fanicamente por las ganancias netas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>Si debe\npresentar fuera de plazo la <strong>declaraci\u00f3n de bienes y derechos en el\nextranjero<\/strong>, puede evitar la sanci\u00f3n incluyendo, antes de que le requieran\npara ello, el valor de los bienes y derechos declarados como ganancia de\npatrimonio no justificada en la correspondiente declaraci\u00f3n complementaria del\nIRPF.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>Si tiene\nderecho a cobrar la<strong> prestaci\u00f3n por desempleo <\/strong>y va a iniciar una\nactividad profesional como trabajador aut\u00f3nomo o como socio trabajador de una\ncooperativa de trabaja asociado o sociedad laboral, le conviene solicitar el\ncobro de la prestaci\u00f3n <strong>en la modalidad de pago \u00fanico<\/strong>. De este modo no\ntributar\u00e1 por ella, siempre que no cese en la actividad iniciada durante los 5\na\u00f1os siguientes o mantenga las acciones o participaciones durante el mismo\nplazo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>Recuerde que\nexiste un <strong>l\u00edmite temporal para el rescate de prestaciones de sistemas de\nprevisi\u00f3n social en forma de capital con una reducci\u00f3n del 40%<\/strong> por\naportaciones realizadas antes del 2007, en funci\u00f3n del momento en el que se\nprodujo la contingencia asegurada.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>Si <strong>le han\ndespedido de su empresa y la indemnizaci\u00f3n ha estado exenta,<\/strong> (recuerde que\nsi es obligatoria, no tributa hasta el l\u00edmite de 180.000\u20ac) tenga presente que\nsi en el plazo de tres a\u00f1os vuelve a ser contratado por la misma o por otra\nvinculada a ella, pierde la exenci\u00f3n y debe presentar declaraci\u00f3n\ncomplementaria incluyendo el importe de la indemnizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>Si ha <strong>transmitido\nsu vivienda habitual en 2019 <\/strong>o si ha obtenido una ganacia patrimonial\nsiendo mayor de 65 a\u00f1os y va a proceder a reinvertir el importe obtenido en la\nadquisici\u00f3n de una nueva en un ejercicio distinto, debe comunicar su intenci\u00f3n\nen la declaraci\u00f3n de IRPF del ejercicio 2019.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>Si es <strong>mayor\nde 65 a\u00f1os, ha obtenido una ganacia patrimonial en 2019<\/strong> y va a constituir\nuna renta vitalicia en el plazo de seis meses desde la venta, pero en el\nejercicio 2020, debe comunicar su intenci\u00f3n en la declaraci\u00f3n de IRPF del\nejercicio 2019.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>Si est\u00e1\npensando en transmitir participaciones de un fondo de inversi\u00f3n que le van a\ngenerar ganancias patrimoniales, no olvide que los t<strong>raspasos entre fondos de\ninversi\u00f3n<\/strong> no tributan y puede diferir el pago de impuestos hasta el\nreembolso definitivo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>Si es\nafortunado en alg\u00fan premio de loter\u00eda, al haberse <strong>elevado el importe exento\ndel gravamen especial sobre los premios de determinadas loter\u00edas y apuestas<\/strong>,\nsiendo para el ejercicio 2019 el importe exento de 20.000 euros y para el 2020\nde 40.000<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u2022 <\/strong>Si tiene\nhijos menores de tres a\u00f1os y satisface gastos de custodia en guarder\u00edas o\ncentros de educaci\u00f3n infantil autorizados, sepa que se ha incrementado en 1.000\neuros la <strong>deducci\u00f3n por maternidad<\/strong> , teniendo la consideraci\u00f3n de gastos\nde custodia las cantidades satisfechas por la preinscripci\u00f3n y matr\u00edcula, la\nasistencia, horario general y ampliado, y la alimentaci\u00f3n, siempre que se hayan\nproducido por meses completos y no tengan la consideraci\u00f3n de rendimientos en\nespecie exentos.<strong>\u2022 <\/strong>Las <strong>familias numerosas <\/strong>tienen\nderecho a una deducci\u00f3n de 1.200 euros anuales si son de tipo general -desde\ntres hijos- o de 2.400 euros si son de categor\u00eda especial, a partir de cinco,\npudiendo deducirse hasta 600 euros anuales adicionales por cada hijo que\nsobrepase el m\u00ednimo necesario para entrar en cada categor\u00eda.\n\n\n\n<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Consells per reduir la seva factura fiscal en l&#8217;IRPF de 2019. 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